Definición de

Definición de Embargo

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Definición de Embargo

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Nos ocupa la definición de embargo, un término que se deriva del verbo embargar y que se emplea en diferentes ámbitos aunque de manera especial dentro de lo concerniente al derecho. Por lo tanto es más que nada un concepto jurídico que equivale a  la incautación de los bienes de alguien.

Ahora bien, para ser más exactos en la definición de embargo es fundamental señalar que corresponde a la retención o inmovilización de un bien como respuesta a una orden judicial que busca garantizar que se cumpla con el pago de una deuda.

Origen de la palabra Embargo

Tal y como ya lo mencionamos, esta palabra se desprende del verbo embargar y establece sus orígenes en el vocablo imbarricare que hace parte del latín, allí in corresponde a un prefijo y barricare equivale a impedir, algo así como sin barricada.

Corresponde entonces a un nombre masculino usado de manera amplia dentro del escenario legal.

¿Qué es un Embargo?

Un embargo es una medida judicial que se emite como respuesta al incumplimiento de una obligación, por lo tanto un juez se encarga de ordenar la incautación o toma en custodia de los bienes que pertenecen al deudor con el objetivo de que este cumpla de manera efectiva con el pago del costo de sus deudas, por supuesto sin que ello ponga en riesgo su subsistencia.

A nivel político un embargo ocurre cuando se prohíbe la comercialización de mercancía o el transporte entre estados o países como medida de castigo por alguna inconformidad.

Definición de Embargo según la RAE

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